DISPOSITIVA
En razón de todo lo antes expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede a la inmediata ejecución de la mencionada decisión, de conformidad a lo previsto en el Artículo 646 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia se ordena al adolescente IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY. quien fuere condenado por la comisión de uno de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD, específicamente el Delito de ROBO LEVE EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto en el artículo 456, parte infine del Código Penal, cometido en perjuicio de la Ciudadana: THAMARA ALMAO ARRIECHI, a cumplir la sanción de:
-AMONESTACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 623 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Asimismo, se ordena notificar del presente aut.....