DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la ley:
PRIMERO: Declaró con lugar lo peticionado por el Fiscal V del Ministerio Público Abogado José Ramón Salas y por la Defensa Pública II Abogado Taide Jiménez Rodríguez, en consecuencia se prolonga la suspensión del proceso a pruebas, con el objeto del cumplimiento de las obligaciones pactadas en Audiencia Preliminar de fecha 20-03-2012, esta vez, por el lapso de un (01) Mes adicional, a los fines de recibir orientaciones psicológicas ante el Equipo Técnico Multidisciplinario y verificar el comportamiento del imputado respecto de las víctimas, en la presente causa seguida al adolescente (Se omite en conformidad con el parágrafo segundo del artículo 65 y artículo 545 de la LOPNNA),.....