´Con base en los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la IMPROCEDENCIA de las MEDIDAS CAUTELARES solicitadas en fecha 14 de octubre de 2024 por el abogado PEDRO ANTONIO MORLES COLMENARES, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano FERNANDO AQUILES EDUARDO GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad 13.880.263, en el marco de la demanda de nulidad del acta de Asamblea Extraordinaria incoada contra los ciudadanos RICHARD JOSÉ CASTILLO DIAZ, ALBERTO SEIJAS GONZÁLEZ, ELIMAR MERCEDES VALERO MENDEZ y JOSÉ RAMON CASTILLO MUÑOZ.´