Por los anteriores razonamientos este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la pretensión por Reclamación de Daños Materiales derivados de accidente de transito, intentada por la ciudadana FRANCYS HERENIA SALAS MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.255.005, de este domicilio, a través de su Apoderada Judicial Abogada FRAHEMINA MARTÍNEZ NAVAS, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 4.264.106, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 101.584, de este domicilio, contra MARIA EUGENIA SOTO VILLASMIL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.370.942, de este domicilio, legalmente representada por sus coapoderados judiciales, Abogados PEDRO JOSÉ PARRA CORDERO Y JULIO FIGUEREDO, inscritos en el Inpreabogado bajo los nú.....