Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el abogado LUIS GERARDO PINEDA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.- 110.678, contra la decisión de fecha 23 de febrero del año 2010, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa, sede Guanare.
SEGUNDO: SE REVOCA PARCIALMENTE, la decisión de fecha 23 de febrero del año 2010, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa, sede Guanare.
TERCERO: SE DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la acción interpuesta por los ciudadanos EFRAIN JOSÉ ALVARADO ALVARADO y ABIGAIL JOSÉ YEPEZ RODRIGUEZ.....