DISPOSITIVA
Por la razones antes expuestas y existiendo suficientes elementos de convicción, este Tribunal de Control Nº 1 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Condena de conformidad con lo establecido en el artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, al adolescente ( Identidad Omitida), ampliamente identificado en autos, a cumplir la sanción de reglas de conducta prevista en el artículo 624 ejusdem, por el lapso de Dos (2) años y Libertad Asistida, prevista en artículo 626 de la citada ley por el lapso de Un (1) año, por la comisión de los Delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto en los artículos 5 y 6 ordinales 1, 2 y 3 de la LEY SOBRE EL HURTO Y ROBO DE VEHICULO, ROBO AGRAVADO Y LESIONES PERSONALES GENERICAS MENOS GRAVES, PREVISTOS EN LOS AR.....