DISPOSITIVA.
Por la razones antes expuestas, este Tribunal de Control Nº 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Condena, de conformidad con lo establecido en el artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a la adolescente: IDENTIDAD OMITIDA a quien se le imputa la comisión de un delito CONTRA EL ORDEN PUBLICO, específicamente los delitos de OCULTAMIENTO DE ARMA DE GUERRA, previsto en el articulo 274 del Código penal en concordancia con el articulo 3 de la ley de armas y explosivo y su reglamento DETENTACION ILICITA DE CARTUCHO PARA APROVISIONAR ARMAS DE FUEGO TIPO ESCOPETA, previsto en el artículo 274 del Código Penal, cometido en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO; a cumplir la sanción definitiva de:
.- AMONESTACION, prevista en el artículo 623, de la.....