1.- Se ordena la apertura a juicio Oral y Publico contra el imputado Wilmer Johan Camacho González venezolano, natural de Charallave Estado Miranda, titular de la cedula de identidad N° 19.564.463, nacido en fecha 16-02-1983, de 26 años de edad, de profesión u oficio Obrero, residenciado en Municipio Agua Blanca caserío Chaparrito, numero de celular 0426-4612353 Estado Portuguesa, a quien el Ministerio Público acusó por la comisión del delito de Robo Agravado de vehiculo Automotor , previsto y sancionado en el Articulo 5 en relación con el articulo 6 numerales 1, 2, 3 y 10 de la ley sobre el Hurto y Robo de vehiculo en grado de Cómplice conforme a lo previsto en el articulo 84 numeral 3 del Código Penal en perjuicio del ciudadano Víctor Guillermo Sierra Mora.
2.- Se mantiene la Medida Privativa Judicial de Libertad que le fuera impuesta al acusado Wilmer Johan Camacho González, de conformidad con los Artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar este Tribun.....