Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución Nº 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al ciudadano ROBERT NATALIZ CICHETTE HERNÁNDEZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cedula de identidad N° V-19.801.265, nacido en fecha 15-09-1988, de 23 años de edad, de estado civil soltero, taxista, residenciado en el caserío Río Guanare, casa s/n, carretera vieja, vía Barinas con entrada al Barrio Las Panelas, Guanare Estado Portuguesa, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del Estado Venezolano, todo de conformidad con el artículo 479, ordinal 1º, 493 y 494 del Código Orgánico Procesal Penal y así se decide.