DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Califica como flagrante la aprehensión de que fue objeto el ciudadano Dávila Toro Efigenio, venezolano, mayor de edad, natural de Guanare Estado Portuguesa, soltero, obrero, titular de la cédula de identidad N° V-6.110.434, de 42 años de edad, nacido en fecha 01-06-1963, residenciado en el Barrio Las Américas, Calle Principal, Casa S/N, Guanare Estado Portuguesa quien fue aprehendido el día 08-02-2006, a las 5:00 horas de la noche, por funcionarios adscritos a la Comandancia General de Policía, por la comisión del delito de violencia o resistencia a la autoridad y porte ilícito de arma de fuego, previstos y sancionados en los artículos 218 y 277 del Código Pe.....