Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Control Nº 2 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD del adolescente: (Identidad Omitida), ampliamente identificado en autos.
En consecuencia, se ordena la LIBERTAD del adolescente, la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalía Quinta del Ministerio Público una vez vencido el lapso de ley, a los fines de que prosiga con la investigación.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia del Tribunal de Control Nº 02 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente. Extensión Acarigua, en Acarigua. A Los diez días del mes de Marzo de 2.006.
LA JUEZ DE CONTROL Nº 02.
ABG. ZULAY ROJAS DE MARQUEZ
LA SECRETARIA.
Abg. MILESTE MONSALVE
ZRM/MM/Patricia.
Solicitud: 2CS-1.696-06