En mérito de lo anteriormente analizado este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: SE APRUEBA DICHA PARTICIÓN Y DECLARA CONCLUIDA LA MISMA. En tal virtud, con base al Informe de Partición presentado en fecha 07-04-2008 por el ciudadano WILLIAM VILLAVERDE, identificado en autos, la partición de los bienes adquiridos de la comunidad de bienes que conforman el caudal hereditario, incoada por el ciudadano ALIRIO SUÁREZ COLMENARES en contra de los ciudadanos ARMANDO FLORENTINO CASTEJÓN DURANT y TERESA DEL CARMEN CASTEJÓN DURANT, la cual queda bajo los siguientes términos: "BIENES A PARTIR":
1. Local Comercial, ubicado en la carrera quinta, entre calles 12 y 13, Guanare estado Portuguesa.
2. Casa y Terreno, ubicado en la calle 12, entre carreras 5 y 6, Guanare Estado Portuguesa.
Los b.....