DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo penal, Estadal y Municipal en función de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1) Se declara la aprehensión en flagrancia del Camacho Cáceres Francisco Javier, titular de la cédula de identidad Nº V-24.615.124, conforme con el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal.
2) Se califica el hecho como Porte Ilícito de Arma de Fuego previsto y sancionado en el artículo 112 de la Ley para el desarme y control de Municiones en perjuicio del Estado Venezolano.
3) Se ordena la prosecución del proceso por la vía Especial como lo establece el artículo 354 del Código Orgánico Procesal Penal,
4) De conformidad con lo establecido en el artículo 358 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal acuerda la suspensi.....