DISPOSITIVA
En virtud de la fundamentación anterior, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en funciones de Control Nº 1, Acuerda NEGAR la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad (Orden De Aprehensión) solicitada, establecida en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal contra el ciudadano PRINCIPAL BENIGNO ANTONIO, venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N° 9.406.882, mayor de edad, natural del Guanare estado Portuguesa, residenciado en la carretera Guanare Barinas, sector La Colonia parte baja, Urbanización Márquez Moro, calle 6, casa N° 12, Guanare estado Portuguesa. Devuelvanse con oficio las actuaciones al solicitante a objeto de que este dicte el acto conclusivo correspondiente.