-VII-
DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, dicta los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 29 de Febrero de 2024, por el abogado ABG. NERY ALEXIS GUTIERREZ MARTINEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 252.024, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra el auto de fecha 26 de febrero de 2024, dictado por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, que admitió las pruebas promovidas por la parte demandante en el proceso.
SEGUNDO: En atención al imperativo contenido en el Artículo 399 del Código de Procedimiento Civil, Artículo 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Vene.....