: Se dictó auto fundado mediante el cual se ACUERDA la remisión de la presente solicitud de MEDIDA DE PROTECCIÓN, requerida por el ABG. RAFAEL ENRIQUE VIVENES, Fiscal Superior Encargado del Ministerio Público del Estado Portuguesa, de conformidad con las disposiciones contenidas en el Artículo 120, Ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, y Artículos 81 al 86 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, todo en el marco de los derechos consagrados en los Artículos 30 y 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, con el fin de tratar en lo posible de garantizarle la integridad física al ciudadano JOAO EUSEBIO DO ROSARIO LIRA, ya identificado, y a todo su grupo familiar, al Tribunal de Control N° 01 de este Circuito Penal a cargo del Juez ABG. VICTOR HUGO MENDOZA, donde cursa la Causa N° PP11-P-2006-001622, seguida en contra del ciudadano VICTOR JOSÉ ALVAREZ COLMENAREZ, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 45