DISPOSITIVA
En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA (POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS) al ciudadano MANUEL JOSE JUAREZ, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 17/06/1.967, de profesión u oficio Agricultor, titular de la cédula de identidad N° V-10.959.143, residenciado la Calle Principal, casa sin número, sector Luna Luna, Municipio Moran, Estado Lara, por la comisión del HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el Artículo 405 del Código Penal, hecho cometido en perjuicio del hoy occiso JOSE SABINO COLMENAREZ SOTO, a cumplir la pena de: OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO, más las accesorias previstas en el articulo 16 del Código Penal a saber: 1. La inhabilitación política durante el tiempo de la pena. 2.- La sujeción a la vigilancia de la autorid.....