Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: Con fundamento en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, previa orden de la Corte de Apelaciones, declara CON LUGAR la imposición de la medida de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA ala ciudadanaYUSNANGEL DANIBEL MUÑOZ BARCOS, de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-25.547.732, nacida en fecha 26 de Agosto de 1994, hija de Nancy Barcos y Ángel Muñoz, de estado civil soltera, de profesión u oficio indefinida, residenciada en la Calle 12, casa s/n, Barrio Las Marías, Guanarito, Estado Portuguesa.
SEGUNDO: Se impone ala penadaYUSNANGEL DANIBEL MUÑOZ BARCOSun régimen de prueba por el lapso de TRES AÑOS, du.....