DISPOSITIVA:
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la Revisión de Obligación de Manutención, solicitada por la ciudadana: María Auxiliadora Vásquez Artigas, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 12.721.236, en representación de sus hijos xx y xx contra el ciudadano: Carlos José Montilla, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.635.415, domiciliado en la Calle Bolívar Biscucuy Municipio Sucre del estado Portuguesa, y fija la cantidad de un mil bolívares (Bs.1000,oo), mensuales, y el doble de dicha cantidad en los meses de septiembre y diciembre de cada año para útiles escolares y estrenos decembrinos, y medicina cuando lo amerite. Se ordena que dicha cantidad sea depositada por ante el .....