DECISION
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la acción por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION) seguida por ELVIS A. ROSALES N., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.052.037, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.786, contra el ciudadano EDGAR GUANAY, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.401.248, en consecuencia se condena al demandado a pagar a la parte actora la cantidad de TRES MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE BOLIVARES (Bs. 3.569.999,oo), ahora TRES MIL QUINIENTOS SETENTA BOLIVARES FUERTES (Bs F. 3.570,oo).
Que comprende las siguientes cantidades
PRIMERO: La cantidad de Dos Millones ochocientos Mil Bolívares ( Bs. 2.800.00.....