DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos expuestos y por los fundamentos de hecho y derecho ya expuestos, este tribunal de Juicio Nº 3 Mixto del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos:
Primero: Por decisión de la mayoría de los miembros que lo integran, con el voto salvado de la Juez que preside DECLARA NO CULPABLE al ciudadano ADELSO GUSTAVO GARCÍA, venezolano, nacido en Sabaneta, estado Barinas, en fecha 14 de noviembre del año 1962, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.399.118, y residenciado en el Caserío El Papayito, carretera vía Morita, cerca de la Iglesia Evangélica del Municipio Papelón, estado Portuguesa, quien fue acusado por el Ministerio Público por el delito de Homicidio Intencional, en grado de Frustración, previsto y sancionado en el artículo 407 en relación con el artículo 80 ambos del Código Penal, siendo el carácter de la presente sente.....