DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que La Ley Le Confiere: CALIFICA COMO FLAGRANTE LA APREHENSIÓN, de conformidad con lo establecido en el Artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre El Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, conforme al Artículo 250 ordinal 1º,2º,3º, 251 ordinal 1º, 2º, 3º; 252 ordinal 1º y 2º del Código Orgánico Procesal Penal a el Luis Alexander Barrios Barrios, venezolano, de 34 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.237.168, soltero, de ocupación Obrero, Natural de Guanare, nacido en fecha 20/03/1974 y residenciado en Urbanización Simón Bolívar, calle 08, casa Nº 10 de Guanare Estado Portuguesa; por la presunta comisión del delito de Violencia Sexual, previsto .....