DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la ley:
PRIMERO: Declaró con lugar lo peticionado por el Fiscal V del Ministerio Público y por la Defensa Pública II, en consecuencia se prolonga la suspensión del proceso a pruebas, en cuanto al cumplimiento de las condiciones pactadas en audiencia preliminar de fecha 01-10-2013, por el lapso de dos (02) Meses adicionales contados a partir del día de hoy, venciendo el día 11-05-2014, quedando comprometida la adolescente imputada, (se omite), causa seguida por el delito de uso de documento falso y adulterado, previsto en el artículo 45 de la Ley Orgánica de Identificación, en perjuicio del Estado venezolano, a presentar la constancia de estudios respectiva y a no concurrir al Centr.....