Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: 1.- CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado JOSE ANGEL AÑEZ, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano FRANKLIN ALEXAY RAMOS MORON. 2.- La nulidad de la sentencia dictada en fecha 13 de diciembre de 2006, por el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en función de Juicio N° 1, con sede en Guanare, de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, mediante la cual CONDENO al ciudadano FRANKLIN ALEXAY RAMOS MORON, a cumplir la pena de TREINTA (30) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA EN GRADO DE AUTORIA y HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA EN GRADO DE FRUSTRACION, en perjuicio de Daniel Montaña Toro, Carlos Alberto Rodríguez Ledezma .....