DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada TORREALBA PERALTA SANDRA MARIVI, en su carácter de Apoderada Judicial, contra la decisión dictada en fecha 20 de Enero de 2010, por el Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa Extensión Acarigua, mediante la cual ABSUELVE a la ciudadana JUÁREZ FREITEZ MAYERLIN YAMILYS. En consecuencia, ordena la celebración de un nuevo juicio Oral y Público, ante un Juez distinto del que pronunció la sentencia, de conformidad con el artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal.