Por cuanto no ha habido oposición, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos Rodrigo Antonio Bastidas Montilla, Argenis Eligio Bastidas Jiménez, Odilver Ramon Bastidas Jiménez, Henry José Bastidas Jiménez, Wilson Gregorio Bastidas Jiménez, Leonidas Antonio Bastidas Jiménez, Jesús Ramon Bastidas Jiménez, Libia del Carmen Bastidas Jiménez y Yelitza Coromoto Bastidas Jiménez, la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Causante Maria Natividad Jiménez de Bastidas, vocación hereditaria que les viene conforme al Artículo anteriormente mencionado, en concordancia con los Artículos 822 y 825 del Código Civil, quedando a salv.....