VI
DISPOSITIVA
En virtud y fuerza de lo antes expuesto, este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y Por Autoridad de la Ley DECLARA:
Primero: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada, ciudadano ANDRÉS ANÍBAL ROJAS MORILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.050.592; representado judicialmente por el Abogado CARLOS ANTONIO COLMENARES GARCÍA, inscrito en el Inpreabogado con el Nº 135.346. Y Así se Decide.-
Segundo: SE CONFIRMA la Sentencia interlocutoria de fecha 06 de Marzo de 2012 proferida por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Portuguesa- sede Guanare. Y Así se Decide.-
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
Déjese transcurrir el lapso previsto en el Artículo 489-B de la Ley Or.....