: Se dictó auto fundado mediante el cual se ACUERDA LA REVISIÓN DEL SITIO DE RECLUSIÓN, y se ordena la reclusión del imputado GERARDO ANTONIO PERALTA LINAREZ, ya identificado, por la comisión del delito de VIOLACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 374 del Código Penal, perpetrado en perjuicio de la niña (Cuyo nombre se omite por razones de Ley), en la Comisaría Juan Guillermo Iribarren, a los fines de garantizar la integridad física y moral del mismo. Asimismo se acuerda denunciar ante la Fiscalia Sexta del Ministerio Público a cargo de la ABG. ZANDRA GIRON LUCES, el delito de Lesiones del cual fuera objeto el mencionado imputado, de conformidad con lo establecido en el artículo 287 numeral segundo del Código Orgánico Procesal Penal.