´PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DESALOJO DE INMUEBLE, interpuesta por la ciudadana LUDILMA MERCEDES RODRIGUEZ SALCEDO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula N° V.- 8.601.354,debidamente asistida por la Abogado DILUMAR ARELIS RODRIGUEZ SALCEDO, inpreabogado N° 306.134, por motivo de DESALOJO DE INMUEBLE, en contra de la ciudadana ELVIRA ROSA HERRERA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula N° V.- 7.548.001, representada por sus apoderados judiciales JOSÉ GABRIEL GARCÍA CUERVA Y WISTER JOEL ÁLVAREZ CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-14.981.304 Y V-18.844.864, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nro. 271. 983 y 270.313., sobre un inmueble ubicado en la avenida 40 entre calles 31 y 32, sin número, sector El Palito, Acarigua, Municipio Páez del Estado Portuguesa, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 40, literales (a.c.d.g.i) y artículo 43 de la Ley de Regulación de Arrendamientos Inmob.....