En atención a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal IV de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, constituido en Tribunal Unipersonal, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ABSUELVE a los ciudadanos LUIS ANTONIO SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 16.415.537, residenciado en el callejón 04, frente a la Urbanización Merecure del Barrio la Jacobera, Turen, Estado Portuguesa; por la comisión del delito de ROBO A MANO ARMADA, previsto y sancionado en el Artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de YONNY CAMEJO.
No se condena en costas al Estado Venezolano, por considerar el Tribunal que el Ministerio Público tuvo motivos racionales para acusar.
Diarícese, regístrese, publíquese y déjese copia.
El Juez IV de Juicio
Abg. Víctor Hugo Mendoza Cabrera
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