Por las razones antes expuestas este Juzgado Segundo del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la acción de Cobro de Bolívares Vía Intimatoria, intentada por la Abogada SUSAN CAMACHO VIELMA, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-14.825.948 Abogada en Ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 140.949, en condición de Endosataria en Procuración del ciudadano YOEMBERG DE JESUS GARCIA CESAR, venezolano, mayor de edad, soltero, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V-17.945.294, en contra de la ciudadana VITZULAY DEL VALLE OSAL VARGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.252.160, domiciliado en la Urbanización Los Cortijos, sector 9, vereda 21, casa 366, de la ciudad de Acarigua, Municipio Páez del estado Portugu.....