DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de apelación interpuesto en fecha 27 de mayo de 2024, por el Abogado GUSTAVO ADOLFO TORREALBA HERNÁNDEZ, en su condición de Fiscal Provisorio de la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público con competencia en materia de ejecución de sentencia, contra la decisión dictada en fecha 9 de abril de 2024, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, en la causa penal Nº 1E-1512-15, seguida al penado RAMÓN OCTAVIO RANGEL, titular de la cédula de identidad N° V-8.052.866, con ocasión a la declaratoria sin lugar de la solicitud de revocatoria de la medida humanitaria.
Regístrese, diarícese, publíquese y déjese copia......