Por lo antes expuesto este Tribunal de Ejecución Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR EL PERMISO EXTRAORDINARIO, solicitado por el penado JOSE AVENICIO MARQUEZ, por cumplir con los extremos previsto en el artículo 48 de la del Reglamento Interno de los Centros de Tratamientos Comunitarios, por lo que se acuerda dicha salida desde el Jueves 23 de julio hasta el Domingo 23 de agosto de 2009 ambos inclusive, para que obtenga el reposo medico; debiendo reintegrarse en forma inmediata al Centro de reclusión una vez concluido el permiso extraordinario solicitado.
Regístrese, notifíquese, déjese copia, Ofíciese lo conducente.
La Juez de Ejecución Nº 1
Abg. Carmen Zoraida Vargas López
La Secretaria.,
Abg. Elker Torres.