Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.) CON LUGAR la solicitud de revisión de la medida cautelar interpuesto por la abogada MARIA ELENA PADRON, en su carácter de defensora del acusado ANTONI CUSATO FLORES. 2) Revoca la medida de arresto domiciliario recaída sobre el acusado ANTONI CUSATO FLORES, y, en consecuencia, ordena su libertad, de conformidad con los artículos 244 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrense las correspondientes boletas de notificación.
El Juez de Apelación Presidente,
Joel Antonio Rivero.
La Juez de Apelación, La Juez de Apelación,
Moraima Look Roomer. Clemencia Palencia García
Ponente.....