DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos RAFAEL RAMON LOYO y NELLY MARINA ESCALONA DE LOYO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad números V-4.197.563 y V-9.565.822 respectivamente, domiciliado el primero de los nombrados en la calle 9 con avenidas 22 y 23, casa Nº 22-40, Municipio Araure del Estado Portuguesa, y la segunda en el callejón 3, casa Nº 45, Barrio Capuchino, Municipio Araure del Estado Portuguesa, asistidos por la profesional del derecho MELANIA ESCALONA SUAREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 136.992,, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil.
En consecuencia, bajo la premisa del Artículo 184 ei.....