Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, RESUELVE:
PRIMERO: Con fundamento en el artículo 105 del Código Penal, declara EXTINGUIDA la pena de UN AÑO DE PRISIÓN que le impuso a REINALDO ENRIQUE MORENO MORENO el Juzgado Primero de Primera Instancia Para el Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa en fecha 30 de Noviembre de 1999, por haber sido hallado culpable y responsable en la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 417 del Código Penal, hecho cometido en perjuicio de Henry Jesús Morales, y, por ende, EXTINGUIDA su responsabilidad criminal en dicho delito, hecho ocurrido en las circunstancias de tiempo, modo y.....