DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara admisible el Recurso de Apelación, con efecto suspensivo, interpuesto por la abogada Algri Torrealba, en su carácter de Fiscal Segundo Auxiliar del Ministerio Público del Segundo Circuito del estado Portuguesa, contra la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia Penal en función de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en Acarigua, en fecha 23 de febrero de 2017. SEGUNDO:Se declara sin lugar el recurso de apelación. TERCERO:Se confirmala decisión dictada en fecha 23 de febrero de 2017, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 02, extensión Acarigua, de este Circuito Judicial Penal, med.....