Por consiguiente, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 295 del Código Orgánico Procesal Penal fija un plazo de TREINTA Y SIETE DÍAS Y DOCE HORAS para que el Ciudadano Fiscal Primero del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial concluya la investigación penal en la causa contra el ciudadano TEÓFILO RICO, domiciliado en la Finca La Riqueza, Sector Las Ánimas de Papelón, Municipio Papelón, Estado Portuguesa, por la presunta comisión del delito de INVASIÓN.-
Déjese copia de la presente decisión para el Archivo del Tribunal. Háganse las participaciones del caso. Remítase la causa a la Fiscalía Primera del Ministerio Público a fin de que la causa prosiga el curso de ley correspondiente.
EL JUEZ (fdo) Abg. Elizabeth Rubiano Hernández. EL SEC.....