Ahora bien, del análisis de las pruebas de naturaleza documental, testimoniales, producidas en autos, así como, de la inspección judicial y de la experticia, advierte éste juzgador que la parte actora ha demostrado los requisitos de procedencia de la acción propuesta, pues se evidencia plenamente el ejercicio de su posesión agraria sobre el área de terreno que pretende le sea restituida, así como la actual ocupación por parte del ciudadano, ANTONIO NUÑEZ FERRER, es producto de la violencia o arbitrariedad que caracteriza al despojo, al haber ingresado en fecha 28 de julio del año 2013, en la posesión de la Sucesión Benicia del Carmen Núñez, afectando parte de las 581 hectáreas, parcelando ciento una coma cinco hectáreas (101,5 has). Lo cual dirige a este tribunal, a considerar demostrados los requisitos necesarios para la procedencia de la acción intentada, a saber; la posesión agraria, el despojo y la determinación del área despojada.
Por su parte, el demandado, no logró demost.....