DISPOSITIVA
Por las anteriores motivaciones este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA NULIDAD, del auto mediante el cual se acuerda procesar recurso de apelación y emplazar a la parte contraria,, y las actuaciones subsiguientes, de conformidad con lo establecido en los artículos 191, 195 y 196 todos del Código Orgánico Procesal Penal, acordando el regreso del proceso hasta el estado de pronunciarse con respecto al pedimento interpuesto.
Regístrese el presente auto, déjese copia certificada del mismo y notifíquese a las partes.
La Juez
Dulce María Duran Díaz
La Secretaria;
Abg. Maritza Sandobal