DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en función de Control Nº 2. Sección Adolescentes. Extensión Acarigua, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA a los adolescentes Identidad Omitida Y Identidad Omitida, debidamente identificados, a cumplir las sanciones de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA y LIBERTAD ASISTIDA, establecidas en los artículos 624 y 626 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ambas por el lapso de UN (1) AÑO y SEIS (6) MESES, a ser cumplidas de manera simultanea, por la comisión de los delitos ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR consagrado en los artículos 5 y 6 ordinales 1°, 2°, 3°, 8° de la Ley Sobre El Hurto y Robo de Vehículos Automotores y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto en el artículo 218 ordinal 1° del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Joseph Alejandro Iurilli Briceño y El .....