Por los anteriores razonamientos este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara Parcialmente con Lugar la acción por Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales Extrajudiciales, intentada por la abogada DAMARIS MÉNDEZ DE VARGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.095.511, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 24.864, de este domicilio, representada judicialmente por los abogados Katerin Rocío Sánchez Salas y Miguel Armando Hernández Aguilera, venezolanos, abogados, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 18.877.145 y 6.518.354 respectivamente, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 174.091 y 65.695 en ese mismo orden, ambos de este domicilio, en contra del ciudadano NASSER FAKR EL DEIN ABBUD, venezolano, mayor de edad, titul.....