DISPOSITIVA.
Por la razones antes expuestas, este Tribunal de Control Nº 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Condena, PREVIA ADMISION DE LOS HECHO, de conformidad con lo establecido en el artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a la adolescente: IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, , por la comisión de un delito CONTRA LAS PERSONAS, específicamente el delito de LESIONES DE MEDIANA GRAVEDAD, previsto en el articulo 415 del código penal en perjuicio de la adolescente: IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, a cumplir la sanción definitiva de:
.- REGLAS DE CONDUCTA prevista en el articulo 624 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, niñas y del Adolescentes, estimando como lapso de cumplimiento el periodo de UN (01) año, medida ésta impu.....