DISPOSITIVA
Sobre la base de todo lo antes expuesto y conforme a lo establecido en los artículos 645 y 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara cumplida la medida de LIBERTAD ASISTIDA, por parte de las adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS, antes identificadas y en consecuencia decreta el CESE de dicha medida, la Libertad Plena de las mencionadas adolescentes y así mismo se acuerda la remisión de la presente causa al archivo Regional, para su archivo definitivo una vez conste en autos la última de las debidas notificaciones y se venza el lapso legal correspondiente. Se ordena librar oficio al Equipo Técnico Multidisciplinario informándoles acerca del Cese de la medida de Libertad Asistida.
Notifíquese, publíquese, diarícese y déjese cop.....