PRIMERO: El padre compartirá con su hija, los días martes, mie´rcoles y jueves de cada semana, desde las 05:00 pm hasta las 08:00 pm, y los fines de semana, cada quince (15) días, desde el sábado a las 08:00 am hasta las 06:00 pm, y el domingo desde las 12:00 del medio día hasta las 07:00 pm, buscándola y retornándola en la residencia materna. SEGUNDO: En relación a la temporada de Carnaval y Semana Santa, el año próximo será Carnaval para el padre, y Semana Santa para la madre, intercambiándose estas temporadas los años siguientes. TERCERO: El Día del Padre y el cumpleaños de éste la niña compartirá con el padre, y el Día de la Madre y el cumpleaños de ésta con la progenitora, y en relación al cumpleaños de la niña será compartida entre ambos progenitores. CUARTO: Lo relacionado a los feriados decembrinos del presente año, el veinticuatro (24) la niña la pasará con el padre, y el treinta y uno (31) de diciembre con la madre, intercambiándose dichas fechas los años siguientes. QUINTO:.....