DISPOSITIVA:
Por los motivos antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara LA CONFESION FICTA DE LA PARTE DEMANDADA Y CON LUGAR, la Obligación de Manutención, solicitada por la ciudadana Lucy Bell Fernández Fernández, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 18.891.621, en representación de sus hijos xx, contra el ciudadano Hernán José Villegas Bastidas, venezolano, mayor edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 16.646.084, de este domicilio y fija la cantidad de cinco mil bolívares (Bs 5.000,00), mensuales, más el doble de la cantidad en el meses de septiembre y diciembre de cada año, más el 50% en gastos de consultas médicas y medicamentos en caso de enfermedad.
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