DISPOSITIVA.
Este Tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley conforme a lo establecido en los artículos 646 y 647 literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, luego de la respectiva revisión de la sanción impuesta Acuerda SUSTITUIR la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD prevista en el artículo 628, de la Ley Orgánica Para La Protección del Niño y del Adolescente, que recae sobre los adolescentes : IDENTIDAD OMITIDA ......, IDENTIDAD OMITIDA ......, IDENTIDAD OMITIDA ......, Y IDENTIDAD OMITIDA ......,, imponiéndose en su lugar las sanciones de LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA, de conformidad a lo establecido en los artículos 624 y 626 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescentelas, por el lapso que les falta por cumplir de la sanción, las cuales consisten en la obligación de acudir ante el Equipo Técnico Multidisciplinario adscrito a este Sistema de Responsabilidad Penal, con la p.....