Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
ÚNICO: Con fundamento en el artículo 112 del Código Penal en su encabezamiento, numeral 1º, aparte segundo y aparte tercero, se declara PRESCRITA la pena de CUATRO MESES Y DIEZ DÍAS DE PRISIÓN que impuso el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 2 de este mismo Circuito Judicial Penal mediante decisión de fecha 25 de Junio de 2009 al penado UBENCIO RAMÓN SOTO, de Nacionalidad Venezolana, Indocumentado, de estado civil soltero, de ocupación indefinida, residenciado en el Barrio Los Canales, casa s/n (cerca de la Bodega, frene a la Urbanización El Nazareno, a 500 mts del Terminal de Pasajeros), Guanare, Estado Portuguesa, hecho ocurrido en las circun.....