...en la causa iniciada por demanda de declaración de unión estable de hecho, intentada por ELVIRA MARÍA NOGUERA RANGEL ya identificada, contra NILO ANTONIO VEGAS GONZÁLEZ también identificado, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la cuestión previa del ordinal 6° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil por defecto de forma de la demanda, al no haberse indicado en el escrito de la demanda, la fecha en la que la demandante afirma finalizó la relación estable de hecho, cuya declaración pretende en la presente causa.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la cuestión previa del ordinal 6° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil por defecto de forma de la demanda, por no señalar la fecha de nacimiento o el lugar donde nació, ni donde fue presentado, ni el número de acta ni en que Registro Civil fue presentado, MANUEL ANTONIO VEGAS NOGUERA, del que se afirma es hijo habido por la demandante ELVIRA MARÍA NOGUERA RANGEL y el demandado NILO ANTONIO VEGAS GONZÁLEZ.
TERCERO: SIN LUGAR l.....