DISPOSITIVA:
Por lo anteriores razonamientos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la pretensión contenida en la demanda por RESOLUCIÓN DE CONTRATO, incoada por la Profesional del Derecho ciudadana: YUMARY LISBEHT HURTADO ESCALANTE, en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil "GRUPO PALMA SOCIEDAD ANONIMA", contra la Sociedad Mercantil "WIMAX SUPER RED, C.A.", representada por los ciudadanos: JOSÉ FRANCISCO RAMÍREZ BASTIDAS e ISIS SOFÍA GUTIÉRREZ PÉREZ, plenamente identificados en la narrativa de la presente decisión, el primero en su condición de presidente, y la segunda en su condición de vicepresidenta.
SEGUNDO: Se ORDENA la notificación de las partes, por cuanto este fallo fue publicado fuera del lapso legal, de conformidad con el artículo 25.....